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Puntos clave
El principal objetivo de un visado de protección (subclase 866) es ofrecer un refugio seguro a las personas que temen ser perseguidas en su país de origen. Viajar de vuelta al mismo lugar del que se busca protección plantea complejas consideraciones jurídicas.
Los titulares de visados de protección están sujetos a restricciones de viaje, como la condición de viaje 8559, que impone limitaciones específicas a la capacidad del titular del visado para viajar a determinados países, especialmente a su país de origen. El principio subyacente se basa en el reconocimiento de que el visado se concede sobre la base de un temor fundado de persecución en el país de origen del individuo. Viajar de vuelta a ese mismo lugar podría comprometer la seguridad de la persona y frustrar el propósito de buscar protección en Australia.
Restricciones de viaje al país de origen:
Prohibición general de entrar en el país desde el que (o el titular del visado principal, si es titular del visado como miembro de la unidad familiar del titular del visado principal) se determinó que incurrían en las obligaciones de protección de Australia.
Requisito para la aprobación del Departamento:
Para entrar en el país desde el que se le concedió la protección es necesaria la autorización previa por escrito del Ministro del Interior (o su delegado). La autorización para entrar en el país de origen sólo se concede en circunstancias específicas, a saber, razones compasivas o imperiosas para viajar. Las razones imperiosas o compasivas pueden incluir:
Debe concertar una cita con un abogado australiano especializado en inmigración para hablar de sus circunstancias. Deberá proporcionar una explicación detallada de por qué sus circunstancias son lo suficientemente compasivas y apremiantes como para justificar la entrada en su país de referencia, así como detalles de todas las personas que tiene previsto visitar. Tenga en cuenta que el hecho de no proporcionar suficiente información con su solicitud puede dar lugar a retrasos en la tramitación o, en algunos casos, a la denegación de su solicitud.
Tiempo de tramitación:
Por lo general, el Ministerio del Interior necesita al menos 4 semanas para tramitar una solicitud de viaje. Si presenta su solicitud fuera de ese plazo, su solicitud no será necesariamente acelerada ni tendrá prioridad, a menos que se trate de una emergencia ajena a su voluntad. En caso de que necesite viajar urgentemente, siga el procedimiento habitual, pero asegúrese de:
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Si está interesado en obtener más información sobre un visado de protección, póngase en contacto con Australian Migration Lawyers para una consulta.
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Si entra en el país desde el que se le concedió protección sin la autorización escrita del Ministro del Interior (o su delegado), aunque sea por poco tiempo, infringirá la condición 8559 del visado. Como resultado, su visado (y los visados de los miembros de su unidad familiar) puede ser cancelado.
Comprender los matices de la condición de viaje 8559 es imperativo para los titulares de visados de protección que contemplen la posibilidad de realizar viajes internacionales, especialmente a su país de origen. Solicitar la aprobación del Departamento es un paso crucial para garantizar el cumplimiento de las condiciones del visado y salvaguardar el estatus de protección en Australia. Dada la naturaleza crítica de las solicitudes de viaje con un visado de protección, se recomienda contratar los servicios de un abogado de inmigración australiano para obtener orientación personalizada y una visión de las circunstancias individuales.

Con 15 años de experiencia en derecho y administración pública de Estados Unidos, a los que siguen 5 años de ejercicio del derecho de inmigración australiano, Nick aporta a su trabajo como abogado especializado en inmigración australiana una profunda experiencia jurídica en distintos ordenamientos jurídicos.
Nick es licenciado en Ciencias Políticas por la Universidad Estatal de Florida (2000), doctor en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de St. Thomas (2004) y máster en Administración Pública por la Universidad Estatal de Florida (2007). Es miembro del Colegio de Abogados de Florida desde 2006 y del Colegio de Abogados del Tribunal de Apelaciones del Distrito de Columbia desde 2007, y ha desarrollado una distinguida carrera jurídica internacional antes de trasladarse a Melbourne en 2021.
Tras completar sus estudios de Derecho en Australia en la Universidad de La Trobe y en The College of Law, fue admitido como abogado australiano por el Tribunal Supremo de Victoria en 2022. Posteriormente, obtuvo el número de colegiado 5513285, con el que ejerce en el ámbito del Derecho de inmigración. Es miembro del Instituto de Derecho de Victoria.
Nick ofrece asesoramiento especializado sobre una amplia variedad de cuestiones relacionadas con la inmigración. Al haber pasado él mismo por el proceso de inmigración, aporta tanto su experiencia profesional como una comprensión genuina de lo que viven los clientes a lo largo de todo el proceso.
Nick atiende a clientes de todo el país, entre ellos de Melbourne, Sídney, Brisbane, Perth y Adelaida, a los que ofrece un apoyo integral.
Ha representado a clientes en procedimientos ante el Tribunal de Revisión Administrativa (ART), aportando su experiencia en la defensa ante este tribunal a asuntos migratorios complejos y controvertidos.
Fuera de su vida profesional, a Nick le gusta leer, viajar y descubrir la cultura del café de Melbourne.
AVISO LEGAL: Los artículos y entradas de blog publicados por Australian Migration Lawyers ofrecen únicamente información general y no constituyen asesoramiento jurídico ni en materia de inmigración. La lectura de este contenido no da lugar a una relación abogado-cliente, y cualquier decisión que se tome basándose en él es estrictamente bajo su propia responsabilidad. Dado que la legislación en materia de inmigración cambia con frecuencia, le recomendamos que consulte a un abogado australiano colegiado para obtener asesoramiento profesional adaptado a sus circunstancias específicas antes de tomar cualquier decisión o presentar cualquier solicitud relacionada con la inmigración.
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