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Explicación de los formularios 956 y 956A: Lo que todo solicitante de visado debe saber

Socio - Abogado Principal de Migración
22 de julio de 2025
minuto de lectura

Aunque algunos solicitantes de visado gestionan el proceso de forma independiente, las complejidades del proceso suelen dar lugar a errores comunes al presentar la solicitud. La forma en que se prepara una solicitud puede influir en el modo en que el Departamento evalúa o gestiona la solicitud.

Si solicita un visado australiano y tiene previsto llevar a bordo a otra persona para que le ayude, tendrá que rellenar uno de los dos impresos fundamentales, el impreso 956 y el impreso 956A, para autorizarla a actuar en su nombre. Este artículo explica para qué sirven estos impresos y cómo utilizarlos correctamente.

¿Qué son el formulario 956 y el formulario 956A?

El formulario 956 se utiliza para designar a un agente de migración registrado, un abogado o una persona exenta. Esta persona presta asistencia al solicitante de visado durante todo el proceso de solicitud de visado. Este formulario establece formalmente la autoridad de la persona designada para actuar de enlace con el Departamento de Interior (DHA) hasta que finalice el proceso de visado.

Por otro lado, un solicitante de visado puede utilizar el formulario 956A para designar a su cónyuge, un amigo, un familiar o alguien de la comunidad local para que gestione toda la correspondencia con el DHA en su nombre. La persona designada no está autorizada a prestar asesoramiento jurídico, sólo a gestionar la comunicación entre el solicitante y el departamento. Esta comunicación puede referirse a documentación adicional o actualizaciones sobre el progreso de la solicitud.

Principales diferencias entre los formularios 956 y 956A

Aunque ambos formularios se utilizan para designar a un tercero que actúe en nombre de un solicitante de visado, el tipo de autoridad que pueden ejercer difiere:

  • Los agentes de migración registrados designados mediante el formulario 956 prestan asistencia en materia de inmigración. Pueden representar a los solicitantes de visado en todas las comunicaciones, presentaciones y negociaciones con el DHA, lo que ayuda a gestionar los aspectos procedimentales de la solicitud de visado.
  • En cambio, las personas designadas mediante el formulario 956A sólo pueden actuar como punto de contacto para la recepción de correspondencia importante del DHA. No tienen autoridad legal para proporcionar asesoramiento en materia de inmigración o discutir el fondo de las solicitudes. Sólo pueden recibir correo postal, correos electrónicos y otras comunicaciones escritas.

¿Cuándo debe presentar estos formularios?

Si un solicitante pretende gestionar el proceso de forma independiente, recibiendo todas las comunicaciones directamente y preparando las presentaciones él mismo, entonces no es aplicable ninguno de los dos formularios.

Sin embargo, si deciden contratar los servicios de un agente de migración registrado o de un abogado para obtener asistencia en materia de inmigración, deberán utilizar el formulario 956 para formalizar su contratación y otorgar a la persona designada el poder legal necesario para interactuar con el Ministerio del Interior en nombre del solicitante.

Del mismo modo, el formulario 956A es útil en situaciones en las que un solicitante de visado puede tener dificultades para recibir o entender las comunicaciones del Departamento. Esto puede deberse a que el solicitante tenga un dominio limitado del inglés, viaje con frecuencia o no tenga un acceso fiable al correo electrónico. El envío de este formulario garantiza que la información recibida del Departamento se reciba a tiempo y se actúe en consecuencia.

¿Quién puede actuar en su nombre utilizando estos formularios?

El formulario 956 o el formulario 956A sólo son necesarios cuando un solicitante de visado desea que otra persona actúe en su nombre durante el proceso de solicitud. Por lo tanto, las siguientes personas pueden ser designadas para ayudarle en función del tipo de asistencia que solicite:

Agentes de migración registrados

Estas personas son ciudadanos australianos que poseen un Diploma de Posgrado en Derecho y Práctica de la Migración Australiana y han superado la evaluación Capstone. Los agentes de migración están registrados en la Oficina de la Autoridad de Registro de Agentes de Migración (OMARA) y están autorizados en virtud de la Ley de Migración de 1958 a prestar asistencia en materia de inmigración a los solicitantes de visado. Esta asistencia incluye, entre otras cosas, rellenar un formulario de solicitud, traducir o interpretar, o transmitir información sobre una solicitud.

Profesionales del Derecho

Los abogados australianos que trabajan en bufetes de abogados, organismos gubernamentales o como asesores internos, y que actualmente poseen un certificado de ejercicio de la abogacía australiana (restringido o no restringido) de sus jurisdicciones locales o de otros estados, pueden proporcionar a los solicitantes de visado asistencia en materia de inmigración. Al igual que los agentes registrados, los profesionales del Derecho también están inscritos en los organismos reguladores, lo que les permite asesorar sobre los aspectos legales del proceso de visado.

Amigos o familiares

Si un familiar cercano, como el cónyuge, padre o madre, hermano o hermana, es designado a través del formulario 956, puede ayudar con los aspectos administrativos del proceso, pero no está autorizado a prestar asesoramiento jurídico ni a cobrar honorarios. Por ley, sólo un agente de inmigración registrado o un abogado pueden cobrar honorarios por la asistencia en materia de inmigración.

Por otra parte, designar a un familiar o a un amigo mediante el formulario 956A significa que se le designa como destinatario autorizado de la correspondencia del Ministerio del Interior. Sólo se puede designar un destinatario para un asunto de visado determinado, al que el Departamento enviará todas las comunicaciones relacionadas con la solicitud o anulación del visado.

Cómo cumplimentar el formulario 956 y el formulario 956A

Cumplimentar ambos formularios con exactitud es esencial para evitar retrasos en la tramitación del visado. Cada formulario está dividido en tres secciones (Partes A, B y C). Siga los pasos que se indican a continuación para cumplimentar correctamente cada formulario:

Guía para el formulario 956

  1. Parte A: La primera parte del formulario contiene campos para los datos personales del agente de inmigración/abogado/persona exenta y del solicitante de visado/cliente, así como el tipo de asistencia. Incluya todos los datos personales indicados en los campos, tales como nombre, fecha de nacimiento, número de pasaporte, etc., para el cliente y nombre completo, número de registro (para el agente de inmigración), datos profesionales de contacto y dirección, etc., para el representante designado.
  2. Parte B: Esta sección es más corta que la Parte A y se utiliza para notificar al Departamento la finalización de una cita. Tanto el representante designado como el solicitante de visado deben rellenar aquí sus datos personales, incluidos sus nombres y datos de contacto.
  3. Parte C: Esta parte la utiliza el agente de migración registrado, el profesional del Derecho o la persona exenta elegidos para hacer la "Declaración" de su nombramiento o revocación. También incluye una pequeña sección para que el cliente afirme lo mismo.

Nota: Para designar a un agente de migración registrado, a un abogado o a una persona exenta, cumplimente las Partes A y C. Si se cancela una designación existente, es necesario cumplimentar las Partes B y C.

Guía para el formulario 956A

  1. Parte A: La primera parte del formulario contiene los datos relativos a una nueva cita. Tiene campos para los datos del cliente, los datos de la cita y los datos de la persona autorizada. Incluya los detalles indicados por campos, como nombre completo, fecha de nacimiento, información de contacto, etc., para el cliente y nombre completo, relación con el solicitante de visado, etc., para el beneficiario designado. En cuanto a los datos de la persona designada, deberá mencionar la subclase de visado, los números de referencia y otros datos pertinentes.
  2. Parte B: En esta sección se notifica al Departamento la retirada de una cita. El solicitante de visado debe rellenar aquí sus datos personales, incluidos sus nombres y datos de contacto.
  3. Parte C: Esta parte es utilizada por el destinatario autorizado para hacer la "Declaración" de su nombramiento o retirada, así como por el cliente para afirmar lo mismo.

Nota: Para nombrar a un destinatario autorizado, cumplimente las partes A y C. Si se retira un nombramiento existente, es necesario cumplimentar las partes B y C.

Errores comunes que hay que evitar

Los solicitantes suelen cometer errores comunes al cumplimentar estos formularios, lo que puede provocar retrasos en la tramitación:

  • Utilizar la forma incorrecta sin comprender plenamente su finalidad
  • Omitir cierta información y no obtener el formulario firmado por todas las partes.
  • Presentar estos formularios cuando no es obligatorio

Presentación de los formularios al Ministerio del Interior

Una vez que haya cumplimentado correctamente el formulario 956, el siguiente paso es presentarlo al Departamento.

Presentación en línea o en papel

Si envía su solicitud de visado en línea a través del portal del Departamento, sólo tiene que escanear y cargar el Formulario 956 o el Formulario 956A cumplimentados y firmados en formato PDF junto con su solicitud. Para quienes utilicen el proceso en papel, incluya el Formulario 956 o el Formulario 956A cumplimentados junto con otros documentos de la solicitud cuando los envíe por correo en persona a la oficina correspondiente del Ministerio del Interior.

Qué ocurre después de la presentación

Cuando presente el formulario 956 o el formulario 956A, el Departamento lo tramitará y actualizará sus registros. Una vez presentado el formulario, todas las comunicaciones futuras relativas a su solicitud de visado se dirigirán al representante designado o al destinatario autorizado.

Reflexiones finales: Elegir el formulario adecuado a su situación

El formulario que elija dependerá de la función de la persona designada. Si la persona presta asesoramiento en materia de inmigración o gestiona activamente el proceso de visado, se requerirá el formulario 956, pero si su función se limita a recibir correspondencia del Departamento, deberá utilizarse el formulario 956A.

Los solicitantes deben asegurarse de utilizar el formulario correcto y cumplimentarlo con exactitud para evitar retrasos. Si no está seguro sobre su solicitud y necesita asistencia personalizada de un agente de migración registrado, nuestro equipo puede orientarle sobre los requisitos de documentación adecuados y el proceso de presentación.

Preguntas frecuentes sobre los formularios 956 y 956A

¿Puedo presentar los dos formularios?

Los formularios 956 y 956A no son obligatorios para las solicitudes de visado. Sólo se utilizan cuando usted designa a otra persona para que gestione el proceso de inmigración en su nombre. Mientras que el formulario 956A solo será necesario en el caso de que designe a alguien para gestionar la correspondencia del Departamento, necesitará el formulario 956 si la persona designada es un agente de migración registrado o un abogado.

¿Puedo cambiar de representante más adelante?

Sí, puede hacerlo. Si desea cambiar de un representante a otro, ya sea a otro agente de migración registrado o a otro abogado, puede presentar un nuevo formulario 956. Lo importante en este caso es que informe al Departamento de cualquier cambio por escrito para que sepan a quién deben dirigir las comunicaciones posteriores.

¿Necesito un representante autorizado para el formulario 956?

El formulario 956 se utiliza para designar a un agente registrado de migración o a un abogado.

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