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Aunque algunos solicitantes de visado gestionan el proceso de forma independiente, las complejidades del proceso suelen dar lugar a errores comunes al presentar la solicitud. La forma en que se prepara una solicitud puede influir en el modo en que el Departamento evalúa o gestiona la solicitud.
Si solicita un visado australiano y tiene previsto llevar a bordo a otra persona para que le ayude, tendrá que rellenar uno de los dos impresos fundamentales, el impreso 956 y el impreso 956A, para autorizarla a actuar en su nombre. Este artículo explica para qué sirven estos impresos y cómo utilizarlos correctamente.
El formulario 956 se utiliza para designar a un agente de migración registrado, un abogado o una persona exenta. Esta persona presta asistencia al solicitante de visado durante todo el proceso de solicitud de visado. Este formulario establece formalmente la autoridad de la persona designada para actuar de enlace con el Departamento de Interior (DHA) hasta que finalice el proceso de visado.
Por otro lado, un solicitante de visado puede utilizar el formulario 956A para designar a su cónyuge, un amigo, un familiar o alguien de la comunidad local para que gestione toda la correspondencia con el DHA en su nombre. La persona designada no está autorizada a prestar asesoramiento jurídico, sólo a gestionar la comunicación entre el solicitante y el departamento. Esta comunicación puede referirse a documentación adicional o actualizaciones sobre el progreso de la solicitud.
Aunque ambos formularios se utilizan para designar a un tercero que actúe en nombre de un solicitante de visado, el tipo de autoridad que pueden ejercer difiere:
Si un solicitante pretende gestionar el proceso de forma independiente, recibiendo todas las comunicaciones directamente y preparando las presentaciones él mismo, entonces no es aplicable ninguno de los dos formularios.
Sin embargo, si deciden contratar los servicios de un agente de migración registrado o de un abogado para obtener asistencia en materia de inmigración, deberán utilizar el formulario 956 para formalizar su contratación y otorgar a la persona designada el poder legal necesario para interactuar con el Ministerio del Interior en nombre del solicitante.
Del mismo modo, el formulario 956A es útil en situaciones en las que un solicitante de visado puede tener dificultades para recibir o entender las comunicaciones del Departamento. Esto puede deberse a que el solicitante tenga un dominio limitado del inglés, viaje con frecuencia o no tenga un acceso fiable al correo electrónico. El envío de este formulario garantiza que la información recibida del Departamento se reciba a tiempo y se actúe en consecuencia.
El formulario 956 o el formulario 956A sólo son necesarios cuando un solicitante de visado desea que otra persona actúe en su nombre durante el proceso de solicitud. Por lo tanto, las siguientes personas pueden ser designadas para ayudarle en función del tipo de asistencia que solicite:
Estas personas son ciudadanos australianos que poseen un Diploma de Posgrado en Derecho y Práctica de la Migración Australiana y han superado la evaluación Capstone. Los agentes de migración están registrados en la Oficina de la Autoridad de Registro de Agentes de Migración (OMARA) y están autorizados en virtud de la Ley de Migración de 1958 a prestar asistencia en materia de inmigración a los solicitantes de visado. Esta asistencia incluye, entre otras cosas, rellenar un formulario de solicitud, traducir o interpretar, o transmitir información sobre una solicitud.
Los abogados australianos que trabajan en bufetes de abogados, organismos gubernamentales o como asesores internos, y que actualmente poseen un certificado de ejercicio de la abogacía australiana (restringido o no restringido) de sus jurisdicciones locales o de otros estados, pueden proporcionar a los solicitantes de visado asistencia en materia de inmigración. Al igual que los agentes registrados, los profesionales del Derecho también están inscritos en los organismos reguladores, lo que les permite asesorar sobre los aspectos legales del proceso de visado.
Si un familiar cercano, como el cónyuge, padre o madre, hermano o hermana, es designado a través del formulario 956, puede ayudar con los aspectos administrativos del proceso, pero no está autorizado a prestar asesoramiento jurídico ni a cobrar honorarios. Por ley, sólo un agente de inmigración registrado o un abogado pueden cobrar honorarios por la asistencia en materia de inmigración.
Por otra parte, designar a un familiar o a un amigo mediante el formulario 956A significa que se le designa como destinatario autorizado de la correspondencia del Ministerio del Interior. Sólo se puede designar un destinatario para un asunto de visado determinado, al que el Departamento enviará todas las comunicaciones relacionadas con la solicitud o anulación del visado.
Cumplimentar ambos formularios con exactitud es esencial para evitar retrasos en la tramitación del visado. Cada formulario está dividido en tres secciones (Partes A, B y C). Siga los pasos que se indican a continuación para cumplimentar correctamente cada formulario:
Nota: Para designar a un agente de migración registrado, a un abogado o a una persona exenta, cumplimente las Partes A y C. Si se cancela una designación existente, es necesario cumplimentar las Partes B y C.
Nota: Para nombrar a un destinatario autorizado, cumplimente las partes A y C. Si se retira un nombramiento existente, es necesario cumplimentar las partes B y C.
Los solicitantes suelen cometer errores comunes al cumplimentar estos formularios, lo que puede provocar retrasos en la tramitación:
Una vez que haya cumplimentado correctamente el formulario 956, el siguiente paso es presentarlo al Departamento.
Si envía su solicitud de visado en línea a través del portal del Departamento, sólo tiene que escanear y cargar el Formulario 956 o el Formulario 956A cumplimentados y firmados en formato PDF junto con su solicitud. Para quienes utilicen el proceso en papel, incluya el Formulario 956 o el Formulario 956A cumplimentados junto con otros documentos de la solicitud cuando los envíe por correo en persona a la oficina correspondiente del Ministerio del Interior.
Cuando presente el formulario 956 o el formulario 956A, el Departamento lo tramitará y actualizará sus registros. Una vez presentado el formulario, todas las comunicaciones futuras relativas a su solicitud de visado se dirigirán al representante designado o al destinatario autorizado.
El formulario que elija dependerá de la función de la persona designada. Si la persona presta asesoramiento en materia de inmigración o gestiona activamente el proceso de visado, se requerirá el formulario 956, pero si su función se limita a recibir correspondencia del Departamento, deberá utilizarse el formulario 956A.
Los solicitantes deben asegurarse de utilizar el formulario correcto y cumplimentarlo con exactitud para evitar retrasos. Si no está seguro sobre su solicitud y necesita asistencia personalizada de un agente de migración registrado, nuestro equipo puede orientarle sobre los requisitos de documentación adecuados y el proceso de presentación.
Los formularios 956 y 956A no son obligatorios para las solicitudes de visado. Sólo se utilizan cuando usted designa a otra persona para que gestione el proceso de inmigración en su nombre. Mientras que el formulario 956A solo será necesario en el caso de que designe a alguien para gestionar la correspondencia del Departamento, necesitará el formulario 956 si la persona designada es un agente de migración registrado o un abogado.
Sí, puede hacerlo. Si desea cambiar de un representante a otro, ya sea a otro agente de migración registrado o a otro abogado, puede presentar un nuevo formulario 956. Lo importante en este caso es que informe al Departamento de cualquier cambio por escrito para que sepan a quién deben dirigir las comunicaciones posteriores.
El formulario 956 se utiliza para designar a un agente registrado de migración o a un abogado.